ALMA Certificaciones
  Automotriz - Licencia de Configuración de Modelo - LCM
 

- Los vehículos nacionales, importados o armados en etapas, serán homologados siguiendo las Secciones I, II y III de este Procedimiento y la SECRETARIA DE INDUSTRIA otorgará la LCM conforme al modelo descripto en la Sección IV de este Procedimiento.

- Para otorgar la LCM se verificará que el vehículo cumple todos los requerimientos de seguridad activa y pasiva, emisiones contaminantes y ruidos vehiculares de acuerdo a lo establecido en la Ley 24.449 Artículos 28 al 33, y su reglamentación.

- Cada fabricante, importador o último interviniente en el proceso de fabricación (para vehículos armados en etapas), deberá designar a un representante ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA a los fines de esta homologación.

SECCION I.
 
 
  Hoy habia 10 visitantes (14 clics a subpáginas) ¡Aqui en esta página!  
 
Búsqueda personalizada
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis